Sentencia de 77 años para los que ejecutaron a pareja de mininarcos

Aguascalientes.- La Fiscalía General del Estado obtuvo una sentencia en contra de dos personas identificadas como Juan Francisco Reyes Álvarez alias “El Calamardo” y Juan Antonio González Jiménez alias “El Galletas, por su responsabilidad dentro de los delitos de Feminicidio y Homicidio Doloso Calificado con Ventaja; fue el Juzgado de Juicio Oral Penal con sede en el Primer Partido Judicial en la ciudad de Aguascalientes, quien dictó 77 años y 6 meses de condena.

El Tribunal de Enjuiciamiento se pronunció que la Fiscalía General del Estado a través del Agente del Ministerio Público adscrita a la Dirección de Litigación Oral y Procesos, logró justificar y comprobar la culpabilidad media sugerida en el escrito de acusación y atendiendo a ello, se condenó a cada uno de los sentenciados por el delito de Feminicidio a 50 años de prisión, mientras que por Homicidio Doloso Calificado con Ventaja, 27 años, 6 meses; para efecto de ejecución se les condenó a cada uno por ambos delitos a 77 años y 6 meses.

De acuerdo al desahogo de pruebas, el día 27 de febrero del presente año, alrededor de las 21:00 horas, se encontraban las víctimas identificadas como Rocío y Roberto, en un inmueble ubicado en el fraccionamiento Solidaridad II, habitado por el acusado Juan Francisco y encontrándose también Juan Antonio, así como otras personas más; es el caso que “El Calamardo” comenzó a reclamarle a Roberto, respecto a la pérdida o robo de unos teléfonos celulares, dejando de discutir momentáneamente.

Sin embargo, aproximadamente a las 02:00 horas del día 28 de febrero, la víctima Roberto, se dirigió hacia una de las recámaras que se encuentran en el fondo de la casa, ya que se iba a dormir, siendo en ese momento que una de las personas de sexo masculino le reclamó a otra de sexo femenino, sobre un teléfono celular perdido, es entonces cuando dicha fémina señaló a Rocío, de que probablemente ella lo tenía; tras lo anterior, dicho sujeto comenzó a reclamarle a la pasiva, la cual negó la acusación.

Tras lo anterior, el sujeto antes mencionado se acercó con Juan Antonio, ambos conversaron por un momento; posteriormente “El Calamardo” volteó con “El Galletas” como afirmando algo, por lo que Juan Antonio con un palo golpeó a Roció en la parte trasera de la cabeza, provocando que cayera al piso, donde continúo golpeándola, lo mismo que el otro sujeto, así como Juan Francisco quien portaba un objeto conocido como marro; los tres continuaron la agresión hacia la pasiva, sobre todo en la cabeza.

Después, “El Galletas” y su otro cómplice, se dirigieron hacia la recámara donde se encontraba Roberto, y comenzaron a golpearlo con los objetos que portaban, mientras que “El Calamardo” continuaba lesionando a Rocío, en la sala; minutos después, se dirigió donde se encontraban los otros sujetos, agrediendo entre los tres al pasivo.

Una vez que se encontraba inerte la víctima, Roberto, “El Calamardo” y el otro sujeto que los acompañaba, sacaron el cuerpo arrastrándolo en una cobija hacia el área del patio, para posteriormente ingresar a la sala, donde se encontraba Rocío sobre el piso, donde continuaron golpeándola con los objetos que portaban; debido a todos los golpes que les dieron a las víctimas, les provocaron heridas contundentes, cortantes y con el cúmulo de dichas heridas, los pasivos perdieron la vida a consecuencia de traumatismo craneoencefálico severo. Los cuerpos sin vida de Rocío y Roberto fueron trasladados hasta las inmediaciones del fraccionamiento Lomas del Gachupín, donde fueron localizados los cadáveres.

Luego del análisis y valoración de las pruebas presentadas por el Agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección de Litigación Oral y Procesos, el Tribunal de Enjuiciamiento determinó el fallo en sentido condenatorio, en contra de Juan Francisco y Juan Antonio.

De la misma manera, durante el proceso, el Juzgado de Juicio Oral Penal, también condenó a los responsables por la reparación del daño por feminicidio, que consiste en lo siguiente: 

·        Reparación del daño material mancomunada y solidaria de 23 mil 374 pesos, por gastos funerarios

·        Reparación del daño por indemnización material mancomunada y solidaria por la cantidad de 844 mil 900 pesos

·        Reparación del daño por indemnización moral mancomunada y solidaria por la cantidad de 1 millón, 267 mil 350 pesos

La reparación del daño por Homicidio Doloso Calificado con Ventaja, Juan Francisco y Juan Antonio, fueron condenados a lo siguiente:

·        Reparación del daño por indemnización material mancomunada y solidaria de 422 mil 450 pesos

·        Reparación del daño por indemnización moral mancomunada y solidaria de 633 mil 675 pesos