Aprueba la SCJN otro amparo para uso lúdico de marihuana

SDP Noticias

CDMX.- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó otorgar un amparo a un ciudadano mexicano para que pueda consumir mariguana de manera lúdica, luego de haber argumentando el libre desarrollo de la personalidad.

La resolución especifica que el mencionado ciudadano podrá hacerlo “sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos”, según determinó el máximo tribunal.

El amparo 1115/2017 revisado este miércoles, obtuvo cuatro votos a favor y uno en contra, del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

El caso comenzó cuando la persona solicitó a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), la autorización para consumir mariguana regularmente, “de forma personal y con fines meramente lúdicos y recreativos, así como realizar las actividades correlativas al autoconsumo”.

Dichas actividades contemplan sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar la mariguana, teniendo en cuenta la exclusión del comercio, distribución, enajenación y transferencia de le yerba, a decir del propio solicitante.

Dicha solicitud le fue negada por la Cofepris, a partir de ese hecho recurrió a la Suprema Corte.

La primera sala determinó “que son inconstitucionales los artículos 235, último párrafo, 237, 245, fracción I, 247, último párrafo, y 248, todos de la Ley General de Salud, en las porciones normativas que establecen una prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo”.

Finalmente la SCJN aclaró que la declaratoria de inconstitucionalidad no supone en ningún caso la autorización para realizar actos de comercio, pues se contempla también que no se debe perjudicar a terceros.