Arranca el @IEEAgs cómputos municipales

Aguascalientes.- La mañana de este miércoles 5 de junio iniciaron los Cómputos Municipales que permitirán contar con los resultados oficiales y definitivos de la elección para renovar a los Ayuntamientos del Estado de Aguascalientes.

En punto de las 8:00 horas, los once Consejos Municipales Electorales se instalaron en sesión extraordinaria, permanente e ininterrumpida, con la finalidad de llevar a cabo la sumatoria de los resultados contenidos en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas en las que se recibió la votación de la ciudadanía.

Durante los Cómputos Municipales, la representación de partidos políticos y candidaturas independientes puede solicitar la apertura de los paquetes electorales a fin de volver a contar cada uno de los votos recibidos en las casillas.

El recuento procede al reunirse las causales previstas en el artículo 228 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, entre ellas cuando el número de votos nulos es mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugar de la votación ; casos en los que todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido o candidato independiente o bien, cuando existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse a satisfacción plena de quien lo haya solicitado.

Si al término de esta actividad se establece que la diferencia entre el primer y segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual y existe la petición expresa del representante del partido político o candidatura independiente que postuló a la segunda de las candidaturas, el Consejo Municipal Electoral deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas. En todo caso, se excluirán las casillas que ya hubiesen sido objeto de recuento.

Los Cómputos Municipales deben realizarse el miércoles posterior a la fecha de la elección, en cumplimiento a lo establecido en la ley electoral. Al concluir dicho procedimiento, se entregarán las constancias de mayoría a las y los integrantes de las planillas que hayan obtenido mayor número de sufragios. 

Luego, se procederá a la asignación de Regidurías de representación proporcional a los partidos políticos y candidatos independientes que hayan alcanzado el 2.5 por ciento de la votación válida emitida en sus respectivos municipios, como lo establece el artículo 235 del Código. Estos cargos se conceden en orden decreciente conforme a las listas registradas ante la autoridad electoral local, respetando el principio de paridad de género.