Recuerda SEFI el procedimiento para dar de baja las placas de vehículos cuando propietario fallece

La Secretaría de Finanzas del Estado (SEFI) recordó la importancia de dar de baja las placas de vehículos cuando el propietario ha fallecido, como medida para proteger el patrimonio de las familias y que estas puedan disponer de los bienes sin contratiempos legales.

Carlos de Jesús Magallanes Garcia, titular de la dependencia, explicó que en caso de fallecimiento del propietario del vehículo, los familiares deberán  informar el hecho a la Secretaría en cuanto les sea posible, para dar certeza jurídica al nuevo propietario de la unidad.

Detalló que la notificación se hace a través de un escrito firmado por la persona que acredite la representación legal del finado o en su caso, por parte de su cónyuge o familiar en línea directa ya sea ascendente o descendente. 

Los requisitos que deberán presentar son acta de defunción, entregar el juego de placas de circulación del automóvil o la placa si es motocicleta, en caso de robo o extravío de placas se deberá adjuntar el acta informativa expedida por la Fiscalía General del Estado donde se asiente dicha situación.

Finalmente, dijo, se deberá efectuar el pago de derechos por concepto de baja, previstos en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, vigente al momento de realizar el trámite, así como los adeudos que tenga el vehículo que en su caso no se hubieran cubierto.