Ya habían absuelto a un ladrón, pero la FGE impugnó y ya fue sentenciado en #Aguascalientes

El Agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección de Litigación Oral y Procesos obtuvo fallo condenatorio en contra de Aarón Rey de la Cruz y/o José de Jesús de la Cruz Guillén, por su responsabilidad dentro del delito de Robo Calificado; el Tribunal de Enjuiciamiento dictó 8 años 4 meses de prisión en contra del sentenciado, además fue condenado al pago de la reparación del daño consistente a la cantidad de 9 mil 200 dólares o el pago de lo correspondiente en pesos mexicanos.

Cabe destacar que en el año 2018, ya se había dictado sentencia absolutoria a favor de Aarón Rey y/o José de Jesús; sin embargo, se interpuso un recurso de apelación en contra de la resolución, logrando que se modificara el fallo. Por lo anterior, el sentenciado presentó amparo directo en contra de la resolución, modificando nuevamente, toda vez que consideró que el Tribunal de Alzada había abordado directamente las valoraciones de las probanzas desahogadas; lo anterior, motivó que se dictara un nuevo dictamen sobre el delito. 

Finalmente, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó el fallo condenatorio en contra de Aarón Rey de la Cruz y/o José de Jesús de la Cruz Guillen, en audiencia de individualización de sanciones se estipuló la imposición de 8 años 4 meses de prisión por el delito de Robo Calificado.

De acuerdo a los hechos, el 28 de marzo del año 2017 aproximadamente a las 11:13 horas, el hoy sentenciado y otro acompañante, arribaron al fraccionamiento Canteras de San Javier, propiedad de la víctima; ambos involucrados se introdujeron al domicilio causando daños a la chapa, y una vez en su interior se apoderaron de los siguientes objetos:

·        Reloj  de oro para caballero, marca Rolex, 18 quilates.

·        Reloj de oro para dama, marca Rolex, 18 quilates.

·    Reloj de oro para caballero, marca Login Juvenia, 18 quilates, con carátula rectangular con fondo amarillo y piedras blancas.

·        Anillo matrimonial, de oro, para caballero, 18 quilates, de tres circones o esmeraldas.

·       Dos anillos de graduación para caballero, uno con piedra color azul y el otro con piedra color rojo, de 18 quilates.

·        Joyería varia.

·        9 mil dólares en diferentes denominaciones.

·        200 dólares, en denominación de 1 dólar. 

Derivado de lo anterior, fueron desahogados los medios de prueba por parte del Agente del Ministerio Público para solicitar la pena y demostrar con los datos presentados ante el Tribunal, la reparación del daño. 

En el año 2018, ya se había dictado sentencia absolutoria a favor de Aarón Rey y/o José de Jesús; sin embargo, se interpuso un recurso de apelación en contra de la resolución, logrando que se modificara el fallo. Por lo anterior, el sentenciado presentó amparo directo en contra de la resolución, modificando nuevamente, toda vez que consideró que el Tribunal de Alzada había abordado directamente las valoraciones de las probanzas desahogadas; lo anterior, motivó que se dictara un nuevo dictamen sobre el delito. 

Finalmente, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó el fallo condenatorio en contra de Aarón Rey de la Cruz y/o José de Jesús de la Cruz Guillen; en audiencia de individualización de sanciones se estipuló la imposición de 8 años 4 meses de prisión por el delito de Robo Calificado.